viernes, 19 de agosto de 2011

Nuestros estatutos.

REGLAMENTO INTERNO DEL GRUPO JOVEN DE LA HERMANDAD DE NUESTRO PADRE JESÚS NAZARENO, MARÍA SANTÍSIMA DE LAS LÁGRIMAS Y SAN JUAN EVANGELISTA.

TÍTULO I: INTRODUCCIÓN
ARTÍCULO 1°
El Grupo Joven es una  organización que está formada por hermanos de la misma con edades
comprendidas entre 13 y 20 años y con autonomía de funcionamiento y de
organización dentro de sus objetivos y fines, según lo establecido en este
Reglamento.

ARTÍCULO 2º
El Grupo Joven tiene como sede para sus reuniones la Casa de la
Hermandad, sita en la Plaza del Convento de la Candelaria, s/n de
nuestra localidad.


ARTÍCULO 3°
El Grupo Joven tiene como objetivo la promoción integral de los jóvenes,
según los valores evangélicos, definidos por la Iglesia Católica,
principalmente en la Doctrina Social de la Iglesia.


ARTÍCULO 4°
Los fines de Grupo Joven son:
a) Desarrollar y promocionar la religiosidad popular, las tradiciones
cristianas y culturales andaluzas características de nuestra tierra.
b) Propiciar y facilitar la formación cristiana de sus miembros, en base a sus
tres principios fundamentales: ORACIÓN, SOLIDARIDAD y
EVANGELIZACIÓN.
c) Promover el desarrollo integral de los jóvenes en todas sus facetas: ocio,
deporte, cultura, salud y todas aquellas que puedan ayudar a la formación e
integración de los jóvenes en nuestra sociedad.
d) Facilitar la integración activa de los jóvenes en la vida de la Hermandad.
e) Participar en los actos del Grupo Joven, así como en los Cultos y Actos de
la Hermandad.


 ARTÍCULO 5°
El Grupo Joven utilizará como medios para realizar sus fines toda clase de
actividades y servicios que se crean necesarios y oportunos. Pueden
desarrollarlos individualmente o conjuntamente con la Hermandad, con
otros grupos jóvenes cristianos u otras entidades de la Iglesia Católica.




TÍTULO II: DEL FUNCIONAMIENTO


ARTÍCULO 6°
El Grupo Joven está estructurado por la Asamblea General, la Junta de
Gobierno y los grupos que se constituyan por acuerdo de la Junta.


ARTÍCULO 7°
La Junta de Gobierno es el máximo responsable del Grupo Joven, teniendo
como funciones:
-Representación ante la Hermandad y ante otras entidades físicas.
-Hacer cumplir este reglamento.
-Desarrollar y coordinar los fines.
-Mantener el espíritu cristiano de la organización.


ARTÍCULO 8°
La Junta de Gobierno está formada por:
-PRESIDENTE
-SECRETARIO 1°
-SECRET ARIO 2°
-TESORERO

ARTÍCULO 9°
El Presidente/a tiene la función de dirigir y presidir la mesa en las Juntas.
El Secretario/a 1° es el encargado de velar por la realización y custodia de
las actas de las reuniones, la lectura de éstas al inicio de las Juntas, de la
memoria semanal y mantener actualizado el libro de registro de los miembros
del Grupo Joven y aspirantes. Asimismo cuidará del protocolo del Grupo
Joven.
El Secretario/a 2° tiene la función de sustituir al Secretario 1° cuando éste
no esté presente.
El Tesorero/a es el encargado de la recaudación y administración económica
del Grupo Joven. Rendirá cuenta en cada reunión de la Junta de Gobierno
del Grupo Joven informando de la situación económica, así como velará por
la caja única donde se efectuarán los ingresos de toda clase de actividades.


ARTÍCULO 10°
El resto de miembros tendrán las funciones que determine la Junta de
Gobierno para ellos.
Con este número de personas o también con los cargos del Grupo Joven  si este tiene diversas faltas de asistencias a Juntas, éste será expulsado al número de 5 faltas. También pasará lo mismo si falta otras 5 para montar altares o diversas actividades de nuestra Hermandad. Todo esto se hará si estas faltas son injustificadas.

ARTÍCULO 11°
La  Asamblea General será convocada por el Presidente, con una
Periodicidad mínima de una vez a la semana. El Presidente comenzará la
sesión con el rezo, continuando con los  puntos del día y por
último ruegos y preguntas. Los miembros de la Asamblea deberán mantener
secreto de los debates que se realicen en las reuniones.

ARTÍCULO 12°
Los acuerdos son aprobados por mayoría simple; en caso de empate de votos
el  Presidente podrá hacer valer el suyo como voto de calidad. Los acuerdos
debidamente  tomados por la Asamblea General deben ser respetados y
acatados  por todos los miembros del Grupo Joven.

ARTÍCULO 13°
La Asamblea General es el máximo órgano del Grupo Joven y está formada
por todos sus miembros. Tiene la función de aprobar la gestión de la Junta
de Gobierno, quien tendrá que presentar un informe de gestión y otro de
proyectos.




TÍTULO III: LOS MIEMBROS

ARTÍCULO 14°
Los miembros y aspirantes tienen el deber de:
-Acatar y respetar los acuerdo de la Junta de Gobierno.
-No mostrar públicamente críticas sobre el Grupo Joven, la Hermandad y la
Iglesia Católica.
-Conducirse adecuadamente en la vida social del Grupo Joven y de la
Hermandad según los principios cristianos.
-Participar según sus posibilidades en la consecución de los objetivos

ARTÍCULO 15°
Los miembros y aspirantes tienen el derecho de:
-Ser informados de todo lo referente al Grupo Joven.
-Mostrar su opinión debidamente en el ámbito que le corresponda.
-Presentar proyectos e ideas.
-Participar en todas las actividades, según las decisiones que se establezcan
por la Junta de GobiernO.


TÍTULO V: DE LA DISOLUCIÓN


 ARTÍCULO 16°
El Grupo Joven podrá ser disuelto por acuerdo de la Junta de Gobierno de
la Hermandad.


ARTÍCULO 17°
Disuelto el Grupo Joven, en el plazo de 15 días se presentará un informe
patrimonial y económico a la Hermandad. Los bienes pasarán a la
Hermandad

TÍTULO VI: DISPOSICIÓN FINAL.
Este Reglamento será aprobado por la Junta de Gobierno actual, que actúa
como gestora, entrando en dicho momento en vigor y dando traslado para su
conocimiento a la Hermandad.

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La puebla de cazalla, Sevilla, Spain